23/02/2022
Es evidente que en la justicia argentina hay una gran falla, por lo fácil que es para los criminales salirse con la suya, algo que quedó evidenciado en este fallo. Donde el acusado de Ramón Hermes Acuña, fue liberado por la justicia luego de matar a su pareja de 35 años de 11 puñaladas.
La decisión fue tomada, tras realizarle una pericia, de la cual estuvieron a cargo especialistas de la Procuración bonaerense. Sin embargo, fue enviado a su casa por el tribunal que intervino en el caso, tras una recomendación hecha por el Servicio Penitenciario.
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Cabe recordar que, hace pocas semanas el acusado fue declarado inimputable por el cuerpo médico de la Suprema Corte de Justicia provincial, el cual determinó que su internación en un psiquiátrico podría ser peligroso para sí mismo y para terceras personas. Por otro lado, Acuña tiene 80 años, además estuvo hasta el día de ayer recluido en un pabellón de contención psiquiátrica en un penal judicial.
Sin embargo, como se dijo anteriormente, el informe realizado sobre el femicida detalló que el hombre presenta alteraciones morbosas de sus facultades mentales con ideación de perjuicio de terceros y rasgos paranoides, que son pasibles de desencadenarse toda vez que se pongan en riesgo sus intereses.
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Por otro lado, los peritos descartaron que el asesino haya obrado con voluntad ni libertad de conciencia, dado que su accionar estuvo condicionado por síndrome delirante celotípico montado en personalidad premórbida de tipo narcisista. Ante esto recomendaron que sea internado en un neuropsiquiátrico como medida de seguridad, para así realizar un tratamiento y detener su actividad delirante autoagresiva.
Entre tanto, el Tribunal en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial La Matanza, integrado por los jueces Alfredo Pedro Drocchi, Matías Jorge Rouco y la jueza Andrea Giselle Schiebeler sobreseyó a Acuña por resultar inimputable en la comisión del delito de homicidio agravado por el vínculo de pareja existente con la víctima y por haberse perpetrado contra una mujer por un hombre, mediando violencia de género.
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Ante esto, dejaron sin efecto el debate que estaba previsto para el 30 de marzo y dispuso que el femicida sea trasladado a la casa en la que cometió el crimen, debido a que cuenta con una red primaria de contención que le permitirá un acompañamiento y supervisión cotidiana, que estará a cargo del Juzgado de Familia que quede a cargo, siempre en el marco de la Ley de Salud Mental 26.657, según lo indica el protocolo de actuación para supuestos de personas incapaces de culpabilidad en conflicto con la ley penal.
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3 de mayo de 2024