26/03/2024
Los trabajadores en relación de dependencia podrán informar a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del 2023 hasta el 30 de abril.
Según la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se extendió el plazo en el cual los trabajadores en relación de dependencia podrán informar a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del 2023 hasta el 30 de abril.
Lo dictó la resolución 5494 publicada en el Boletín Oficial. En cuanto a los empleadores, tendrán tiempo hasta el 31 de mayo para realizar la liquidación anual y la devolución del impuesto retenido en exceso se efectuará hasta el 10 de junio de 2024.
"La liquidación provisoria efectuada durante el año se vio modificada por diversos decretos del Poder Ejecutivo nacional que no tuvieron su reflejo en las pertinentes disposiciones legales", señala la resolución.
Los trabajadores en relación de dependencia tendrán tiempo hasta el 30 de abril de 2024, para informar a sus empleadores las deducciones de Ganancias correspondientes al periodo 2023. Para esto, deben completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), en la página web de AFIP.
En tanto, los empleadores deberán realizar la liquidación anual antes del 31 de mayo y la devolución del impuesto retenido se debe efectuar previo al 10 de junio de 2024.
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