14/12/2023
El anuncio no estuvo presente en el Boletín Oficial.
A pesar de que durante el día de ayer el gobierno había comunicado oficialmente la derogación del decreto firmado por Alberto Fernández antes de dejar la presidencia, el cual autorizaba al Estado a cubrir los gastos de su custodia fuera del país, la norma no fue publicada en el Boletín Oficial.
Por otro lado, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, borró el mensaje que había publicado en redes sociales celebrando la medida.
Durante el miércoles, el Ministerio de Seguridad había informado que se derogaría el decreto N°735 impulsado por el expresidente Fernández dos días antes de la entrega de mando.
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"Se derogó el Decreto N°735 del día 8 de diciembre de 2023 firmado por el ExPresidente Alberto Fernández, que determinaba la obligatoriedad del Estado argentino de brindarle custodia tanto a él como a sus familiares directos, aun viviendo en el exterior, lo que implicaba la reestructuración de cuestiones operativas y presupuestarias que resultan contrarias al uso eficiente de los recursos y el erario público, en detrimento de las políticas impulsadas por el Estado Nacional", señalaba el comunicado.
"¡Se terminan los privilegios de la clase política! Vamos a una Argentina austera", había publicado Bullrich en su cuenta de Twitter. "Basta de gastos inútiles y privilegios para pocos que pagamos todos".
Sin embargo, a pesar de que el comunicado anticipaba que la derogación sería publicada en el Boletín Oficial durante esta mañana, eso no ocurrió.
La norma, firmada por Alberto Fernández y el entonces jefe de Gabinete, Agustín Rossi, modifica los objetivos de la Casa Militar. "Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación, del Vicepresidente de la Nación, de los Ex Mandatarios y de sus familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente de la Nación y de su familia", redacta el documento.
En el artículo 15 del decreto, se detalla que las atribuciones de resguardo policial se extenderían fuera del territorio nacional: "Establécese que, en función de los términos que fija el artículo 14, en los casos de desplazamientos terrestres dentro y fuera del país, la custodia del Presidente de la Nación, del Vicepresidente de la Nación, de los Ex Mandatarios y sus familiares directos estará a cargo de la División Custodia Presidencial, de la División Custodia Vicepresidencial y de la Unidad Custodia Ex Mandatarios respectivamente, conforme las directivas y órdenes que imparta el Jefe de la CASA MILITAR y las establecidas en el artículo 8º del Decreto Nº 3469 del 7 de mayo de 1963?.
De acuerdo a lo explicado por el gobierno de Fernández, el decreto obedecía a una sola modificación del organigrama y que la custodia siempre incluyó el acompañamiento del presidente o el vice, sea donde sea que se encuentren.
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