16/11/2022

Exclusivo

Obligan a Seguros Rivadavia a pagar una millonaria indemnización por un accidente de moto en Moreno


Hace siete años, un fotógrafo fue embestido con su moto por un auto y cayó sobre el asfalto sufriendo heridas que justificaron su internación. Ahora deben duplicar lo que ya le pagaron.





Hace siete años, un fotógrafo circulaba en su moto por la calle El Jilguero y Bartolomé Mitre y fue embestido por un vehículo. Voló espectacularmente por sobre el capó y cayó sobre el asfalto, sufriendo heridas que justificaron su internación en el hospital local Mariano y Luciano de la Vega.





Según el fallo, los jueces recuerdan que el 4 de julio de 2015, un fotógrafo de 25 años circulaba en su moto Honda sentido hacia Merlo, cuando un vehículo Ford que iba por la vereda de enfrente de la avenida, dobló intempestivamente a la izquierda y  se abalanzó sobre el ciclomotor. La víctima voló varios metros por sobre el capó a raíz de la violencia del impacto, cayó sobre el pavimento y tuvo que ser hospitalizado.





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Los expertos del hospital de Moreno informaron a la justicia que el herido había sufrido golpes de magnitud, sin pérdida de conocimiento y fractura incompleta del cúbito. Recomendaron sesiones de kinesiología y fisioterapia y establecieron la incapacidad física parcial y permanente en el 17%.





En cuanto al aspecto psicológico, los peritos determinaron la necesidad de dos años de terapia a razón de dos sesiones semanales, para paliar el cuadro de trastorno crónico por stress post traumático y una incapacidad parcial y permanente del 20%.













¿Qué decía el fallo de primera instancia?





Así mismo, el fallo de primer instancia estimó que 956 mil pesos más intereses cubrirían adecuadamente los perjuicios sufridos por la víctima. Sin embargo, el fotógrafo apeló el monto por considerarlo exiguo, mientras que la contraparte lo juzgó elevado.





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La intervención de la Cámara Civil





Por ende, los jueces Gabriel Rolleri y Maximiliano Caia coincidieron en que las pericias habían sido contundentes. Tuvieron en cuenta que el damnificado era un trabajador autónomo, soltero, de 25 años al momento de los hechos, que había sufrido secuelas por un accidente en el que no había tenido responsabilidad. Es por eso que elevaron de 500 mil a 1.200.000 pesos la indemnización por daño físico y psicológico.





Añadieron también la consideración del daño moral, entendido como “una afección a los sentimientos de una persona, que determina dolor o sufrimiento físico,  inquietud espiritual  o agravio a las afecciones legítimas y en general toda clase de padecimientos susceptibles de compensación pecuniaria”.





En este rubro, los camaristas resolvieron aumentar la indemnización de 400 a 600 mil pesos, más intereses. Caia y Rolleri mantuvieron los 60 mil pesos que la primera instancia estipuló para los tratamientos psico-físicos de la víctima. En cuanto a los intereses, decidieron fijarlos a partir de la ocurrencia del accidente, es decir desde hace 7 años, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación.






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