17/11/2023
La Cámara Nacional Electoral contempla el voto afirmativo y el voto en blanco como los únicos válidos a la hora de contabilizar los comicios.
Voto afirmativo
De acuerdo a la Cámara Nacional Electoral, puede entenderse al voto afirmativo como aquel que:
Voto en blanco
El voto en blanco es también un voto considerado válido. Se da cuando el elector entrega el sobre vacío.
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Voto nulo
El voto se considera nulo cuando el sobre contiene boletas de distintas agrupaciones políticas para un mismo cargo; la boleta se encuentra tachada, escrita o rota y no se lee el nombre de la agrupación política y la categoría a elegir; el voto se emite con una boleta no oficializada; y el sobre tiene objetos extraños.
Voto impugnado
El voto se considera impugnado cuando existen dudas sobre la identidad del votante. Estos votos se contabilizan, pero no son abiertos, ni escrutados en la mesa. Dichos votos son enviados a la Justicia Nacional Electoral para que evalúe si son válidos o nulos.
Otro tipo de voto es el recurrido, aquel en donde la validez es cuestionada en el escrutinio por alguno de los fiscales, quien deberá fundamentar su decisión con una "expresión concreta de la causa". Estos votos son enviados a la Junta Nacional Electoral o a un juzgado federal que pueda evaluarlos.
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