18/09/2024

Municipales

Suspenden la resolución que impide a los municipios incluir tasas en las facturas de servicios

Gracias al pedido realizado por el municipio de Pilar, la Justicia terminó dejando sin efecto la resolución del Gobierno.

Luego de que el Juzgado Federal de Campana hiciera lugar al pedido que realizó el municipio de Pilar el pasado martes, quedó suspendida la Resolución 267/2024 del ministerio de Economía de la Nación en donde se le prohibía a las provincias y a los municipios a cobrar impuestos y tasas en las boletas de los servicios públicos. El encargado de dejar sin efecto la resolución fue Adrián González Charvay, titular del Juzgado Federal de Campana.

El pedido realizado por el municipio de Pilar se basaba en la ley provincial N° 10.740 y en el convenio que mantiene con la empresa de energía Edenor para cobrar el tributo municipal mediante su incorporación en la factura del servicio de la empresa.

Adrián González Charvay, titular del Juzgado Federal de Campana.

El juez federal decidió "hacer lugar a la medida cautelar" presentada por el municipio de Pilar y ordenar "la suspensión de los efectos de la resolución 267/2024 dictada por la Secretaría de Comercio e Industria de la Nación".

Sumado a esto, se agrega en el texto: "La medida interina tendrá vigencia hasta tanto se resuelva la medida cautelar solicitada en autos. A tal fin, requiérase al Ministerio de Economía - Secretaría de Industria y Comercio que produzca el informe previsto por el artículo 4 de la ley 26.854, en el plazo de tres días de notificado de la presente resolución".


La Resolución 267/2024 del ministerio de Economía que había sido publicidad durante el miércoles pasado en el Boletín Oficial, detallaba que "la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor".

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Esta medida comenzaría a regir a los treinta días posteriores de publicada la Resolución, dando tiempo a los municipios para que puedan adaptarse a la medida.


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