07/10/2024
La nueva normativa incluirá la creación de un Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, permitiendo a los transportistas definir libremente los recorridos, horarios, tarifas y la duración de los servicios.
El Gobierno Nacional anunciará oficialmente, a través del Boletín Oficial, el decreto que establece la desregulación de los servicios de transporte automotor de pasajeros de media y larga distancia, según confirmaron fuentes oficiales.
La nueva normativa, explicaron, traerá beneficios para todos los involucrados en el sector, incluyendo la creación de un Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, permitiendo a los transportistas definir libremente los recorridos, horarios, tarifas y la duración de los servicios.
Impulsada por la Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Economía, y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, esta medida reemplazará la regulación vigente, que ya cuenta con más de tres décadas de antigüedad.
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El propósito de la desregulación es "fomentar la liberalización y modernización del transporte automotor de pasajeros, adaptándolo a las necesidades y dinámicas actuales del sector".
En este contexto, se pondrá en marcha el nuevo Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, de acceso público, gratuito y disponible en línea, con el objetivo de facilitar los trámites burocráticos para los transportistas, ahorrar tiempo y garantizar mayor transparencia.
Esta medida reemplazará la regulación vigente, que ya cuenta con más de tres décadas de antigüedad.
Las empresas y transportistas previamente registrados no necesitarán volver a inscribirse. Sin embargo, las nuevas empresas deberán registrarse y, tras un proceso de cinco días, obtendrán automáticamente la habilitación para operar, gracias a la metodología de "Silencio Positivo", implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Con esta normativa, los transportistas podrán determinar libremente los trayectos, vehículos, horarios, tarifas y tiempos de servicio, siempre y cuando los puntos de subida y bajada de pasajeros sean autorizados por las jurisdicciones locales correspondientes. Se espera que esto incremente la oferta de servicios y fomente la competencia de precios, beneficiando tanto a usuarios como a transportistas.
La nueva normativa incluirá la creación de un Registro Nacional del Transporte de Pasajeros, permitiendo a los transportistas definir libremente los recorridos, horarios, tarifas y la duración de los servicios.
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Asimismo, las empresas deberán proporcionar información detallada sobre la capacidad de transporte, el tipo de vehículos, el número de asientos, los seguros contratados, la lista de conductores y la vigencia de sus licencias, la frecuencia de los servicios, así como el origen, las paradas intermedias y el destino de cada viaje.
Es importante destacar que solo podrán ofrecerse al público los servicios que estén debidamente registrados en el Registro Nacional del Transporte de Pasajeros.
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