25/04/2024
El organismo derogó la presentación exigida para las operaciones de transferencia de vehículos y rodados usados. De acuerdo al Gobierno, es con el fin de "agilizar" el procedimiento.
La AFIP simplificó el régimen de información para la transferencia de vehículos usados registrados en el país. De esta manera, los propietarios ya no estarán obligados a presentar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) al realizar la compraventa de un vehículo.
Esta medida fue derogada mediante la Resolución 5505, publicada el jueves en el Boletín Oficial. La decisión permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes y permite "modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios".
El Certificado CETA era un formulario solicitado por las personas (tanto físicas como jurídicas) y sucesiones indivisas, tanto nacionales como residentes en el extranjero, en relación con la transferencia de un vehículo automotor o motos usadas, con registro en Argentina. Este documento solía ser completado por el vendedor del vehículo.
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A partir de la resolución 5505 de la AFIP, se deroga "el Título I de la Resolución General N° 2729" que correspondía a la presentación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la compraventa de un auto o moto usado.
Antes de la decisión del Gobierno, el formulario tenía que ser tramitado cuando el valor de las operaciones de compraventa de vehículos automotores y motos usadas superaba los $10.919.766.
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