22/01/2024
La medida publicada en el Boletín Oficial notifica que los valores pasarán a ser variables y se ajustarán de manera bimestral desde el 1° de febrero.
El Ministerio de Economía anunció un aumento de hasta el 15% en la tasa de interés de las deudas en impuestos. Estas tasas, que anteriormente eran fijas, serán ahora variables y se ajustarán de forma bimestral a partir del 1° de febrero.
La medida fue comunicada mediante la Resolución 3/2024 del Boletín Oficial. Además, en esta resolución se detalla que la tasa de interés punitorio experimentará un aumento, pasando del 7,37% al 18% mensual.
En la normativa se detalla que "resulta necesario adecuar las referidas tasas a las condiciones económicas actuales, a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático".
De esta manera, se detalló que la tasa de interés resarcitorio tendrá un incremento, pasando del 5,91% a poco más del 15%. En cuanto a las tasas de interés resarcitorias y punitorias para deudas en dólares, se mantendrán en el 0,83% y el 1% mensual, respectivamente.
En situaciones como devoluciones, acciones de repetición, reintegros y otros casos, se utilizará la tasa de depósitos a 30 días establecida por el Banco Central (BCRA). Hasta el momento, dicha tasa era fija, situándose en el 3,84%.
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Desde SDC Asesores Tributarios señalaron que las tasas vigentes hasta el 31 de enero "son tasas reales negativas muy alejadas de la inflación actual". Por lo tanto, "esto genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas", explicaron.
Agregaron que debido al contexto económico actual y la alta presión fiscal del país "genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término".
A pesar de esto, cuestionaron las medidas: "Un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios puede afectarlas aún más, sobre todo porque la tasa de interés aplicable a descubiertos en cuenta corriente no pactados son las más altas que cobra el BNA", remarcaron.
Adicionalmente, se ha solicitado al Ministerio de Economía que establezca la misma tasa para las devoluciones y acciones de repetición, entre otras situaciones planteadas por los contribuyentes.
"No puede ser que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones", señalaron.
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