22/12/2023
Desde Swiss Medical anunciaron que estos incrementos son con el fin de amortiguar el atraso de los últimos tiempos".
Las empresas de medicina prepaga comenzaron a informar a sus asociados y asociadas sobre los aumentos del 40% en sus cuotas a partir de enero de 2024, luego de los anuncios contenidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Gobierno el miércoles.
Swiss Medical fue una de las primeras en hacerse eco de esta situación. "Atento a la emergencia sanitaria decretada por el Gobierno Nacional y contenida en el DNU Nro. 70/2023 publicado en el Boletín Oficial el día 20 de diciembre del corriente, corresponde informarle que a través del mismo se posibilita la recomposición de los precios de los planes vigentes a los fines de cubrir los desfasajes de costos producidos fundamentalmente en los últimos meses como consecuencia de diversos factores", señala la empresa en un comunicado publicado durante este viernes por la mañana.
Por lo tanto, "se procederá a incrementar el valor de las cuotas del mes de enero del 2024 en un 40 % calculado sobre el valor de la cuota del mes de diciembre de 2023, prorrogando la fecha de vencimiento de la cuota para el día 22 de enero 2024".
Claudio Belocopitt, presidente de Swiss Medical Group, explicó que el sistema de medicina prepaga, como venía funcionando, "iba a chocar contra una montaña".
El empresario agregó que "el aumento promedio de atraso para amortiguar parcialmente los impactos va a estar entre 40% y 50% en enero" y aseguró que "esa fórmula fue armada para una inflación del 3% mensual y no para una del 25% o 30%" como sucede en la actualidad".
El DNU firmado por el presidente introduce modificaciones al marco regulatorio de la medicina prepaga, liberando los precios de las cuotas y permitiendo a los afiliados redireccionar de forma directa sus aportes de salud a estas empresas.
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La modificación de la Ley 26.682 le quita la potestad al estado de "revisar los valores de las cuotas y sus modificaciones". Además deja sin efecto la obligación de las empresas de transferir a los afiliados a otra empresa en el caso de quiebra.
Por otro lado, la autoridad de aplicación no tendrá la capacidad de fijar las cuotas mínimas obligatoriedad ni regular los modelos de contrato.
Adicionalmente, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) elimina los límites de aumento que estaban vinculados al 90% de la variación mensual del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), los cuales estaban en vigor desde el año 2022.
Estos topes se aplicaban a aquellos trabajadores cuyos ingresos totales mensuales eran equivalentes a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, totalizando actualmente $936.000. Con la implementación del decreto, se elimina la segmentación de las cuotas según los ingresos para los más de 6 millones de usuarios de servicios de medicina prepaga.
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